Calculadora de liquidación 2026
Calcula tu liquidación si te despiden sin causa justificada: finiquito, 3 meses de salario integrado y prima de antigüedad, con el ISR de cada concepto.
Tus datos
No aplica en todos los despidos. Corresponde cuando el patrón se niega a reinstalarte después de un juicio (arts. 49 y 50 LFT) o cuando tú terminas la relación por una falta del patrón (art. 52 LFT). Si no sabes si es tu caso, déjalo sin marcar.
Calculadora de liquidación 2026
Generado el 12 de octubre de 2026
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La ley
Cómo se calcula
Si te despiden sin causa justificada, además del finiquito te corresponde:
- Indemnización constitucional: 3 meses (90 días) de salario diario integrado (arts. 48 y 50 LFT).
- Prima de antigüedad: 12 días por año trabajado, sin importar tu antigüedad, con el salario topado al doble del salario mínimo de tu zona (arts. 162, 485 y 486 LFT).
- 20 días por año, solo cuando el patrón se niega a reinstalarte o cuando tú terminas la relación por una falta del patrón (arts. 49, 50 y 52 LFT).
Estos pagos están exentos de ISR hasta 90 UMA por año de servicio (art. 93 fracción XIII LISR). El excedente paga ISR con la tasa efectiva de tu último sueldo mensual.
Paso a paso
Ejemplo
Si a Marta (sueldo de $15,000.00 al mes, del 2 de enero de 2023 al 1 de julio de 2026) la despiden sin causa justificada, con un salario diario integrado de $526.71:
| Concepto | Bruto | Neto |
|---|---|---|
| Aguinaldo15 días × $500.00 × 182 días trabajados en el año ÷ 365 · art. 87 LFT · art. 93 XIV LISR | $3,739.73 | $3,700.23 |
| Vacaciones8.926 días × $500.00 · arts. 76, 79 LFT · art. 96 LISR | $4,463.01 | $3,596.88 |
| Prima vacacional$4,463.01 de vacaciones × 25% · art. 80 LFT · art. 93 XIV LISR | $1,115.75 | $1,115.75 |
| Indemnización constitucional (3 meses)90 días × $526.71 de SDI · arts. 48, 50 LFT · art. 93 XIII LISR | $47,404.11 | $45,024.34 |
| Prima de antigüedad12 días × 3.4959 años × $500.00 · arts. 162, 485, 486 LFT · art. 93 XIII LISR | $20,975.34 | $19,922.34 |
| Total | $77,697.95 | $73,359.54 |
Dudas comunes
Preguntas frecuentes
¿Qué incluye la liquidación por despido?
Todo el finiquito, más 3 meses de salario diario integrado como indemnización (arts. 48 y 50 LFT) y la prima de antigüedad de 12 días por año trabajado (art. 162 LFT).
¿Me corresponden 20 días por año?
Solo en ciertos casos: cuando el patrón se niega a reinstalarte después de un juicio (arts. 49 y 50 LFT) o cuando tú terminas la relación por una falta del patrón (art. 52 LFT). No se paga en todos los despidos.
¿Cómo se calcula la prima de antigüedad?
Son 12 días de salario por cada año trabajado, incluida la parte proporcional del último año. El salario que se usa tiene un tope del doble del salario mínimo de tu zona (arts. 162, 485 y 486 LFT).
¿La liquidación paga ISR?
La indemnización y la prima de antigüedad están exentas hasta 90 veces la UMA por cada año de servicio (art. 93 fracción XIII LISR). Lo que exceda paga ISR con la tasa efectiva de tu último sueldo mensual.
Última actualización: 10 de octubre de 2026